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| Colorín, especie reina del silvestrismo |
EL SILVESTRISMO
El silvestrismo es una modalidad de caza tradicional, recreativo-cultural y deportiva que fomenta el canto de los pájaros fringílidos silvestres, su observación en el campo, su captura en condiciones controladas; también de la tenencia y cría de éstos para su educación en el canto y su posterior liberación de las que no apunten cualidades adecuadas.
El
silvestrismo está amparado legalmente por el
artículo 9 de la Directiva de Aves (DIRECTIVA 2009/147/CE DEL PARLAMENTO
EUROPEO Y DEL CONSEJO) al contemplar dicho artículo la excepción a la
prohibición de capturas si no hay otra solución satisfactoria, y por el
artículo 61 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de
la Biodiversidad, que también
contempla la excepción a la prohibición de las capturas.
El
Tribunal Europeo confirmó que la caza con liga en Francia cumple con la
Directiva de Aves, argumento perfectamente válido que pretende hacer valer la
Plataforma Nacional en Defensa del Silvestrismo para defenderlo en España.
Este
Tribunal ha concluido que la caza con liga en Francia se ajusta a la Directiva
Aves al tratarse de una práctica con fuerte arraigo cultural y que cumple las
exigencias de dicha normativa europea.
La abogada
general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la alemana Juliane
Kokott, ha respondido al Consejo de Estado del Gobierno de Francia una consulta
en relación a la caza con liga, (práctica que fue
prohibida inicialmente en el país galo por las presiones del ecologismo,)
que esta modalidad se puede autorizar si está arraigada en la cultura regional
y cumple ciertos requisitos de la Directiva AVES, como son la captura en
pequeñas cantidades, que se practique en condiciones estrictamente controladas
y respetando el criterio de selectividad.
La
Abogada general en respuesta a la pregunta del Consejo de Estado Francés es
concluyente. Respuesta:
“En consecuencia, debe concluirse que la
conservación de un método de caza tradicional con fines recreativos puede
reconocerse como un uso prudente de las especies de aves en cuestión. Por
tanto, podrá justificar la ausencia de otra solución satisfactoria y de una
excepción con arreglo al artículo 9, apartado 1, letra c), de la Directiva
sobre aves, siempre que se cumplan los demás requisitos de dicha excepción. En
particular, el método de caza debe limitarse a un pequeño número de las
especies en cuestión”.
Este
pronunciamiento puede suponer un punto de inflexión para el Silvestrismo en
España, que cuenta con suficientes argumentos para demostrar que es una
modalidad fuertemente arraigada en la cultura rural y que cumple a nivel
técnico con las exigencias de la Directiva AVES.
La
Plataforma Nacional en Defensa del Silvestrismo lleva tiempo defendiendo en
Europa la «vía cultural» como argumento para recuperar las capturas con los
mismos criterios que ahora ha hecho público el Tribunal Europeo. «Este
pronunciamiento del Tribunal Europeo confirma una vez más que el
Silvestrismo es una actividad legal que cumple con la Directiva AVES.
Han
transcurrido setenta y nueve años desde que los silvestristas de la Federación
Ornitológica Cultural Silvestrista Española (F.O.C.S.E.) organizaron el primer
concurso de carácter competitivo de pájaros cantores, fue en 1943, según consta
en los documentos y diplomas consultados. Pero la práctica del silvestrismo
como tal viene practicándose en diversas zonas de Europa desde tiempos muy
remotos según lo acreditan estudios arqueológicos y sus restos hallados.
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| FOCSE |
La
FOCSE tiene como objeto y fin prioritario:
·
La actividad
realizada en torno a la defensa y protección de las aves silvestres y sus
hábitats.
·
La captura y
tenencia de determinadas aves pertenecientes a la familia de los fringílidos,
en especial el Pardillo (Carduelis cannabina), el Jilguero (Carduelis
carduelis), el Verderón (Carduelis chloris), el Verdecillo (Serinus
serinus) y el Pinzón común (Fringilla coelebs)
·
Apreciar su canto
en concursos y exposiciones y/o disfrutar en su estado natural, de su
conservación, comportamiento y su relación con los reclamos y cimbeles.
·
La posterior
liberación de las aves capturadas y no válidas para el canto, en perfectas
condiciones.
·
La promoción
científica en estudios migratorios de las aves.
·
Y su divulgación
ornitológica para inculcar el amor a los pájaros y su protección fundamentados
en el estudio, seguimiento y conservación, tanto de estas especies de aves,
como del resto que se incluyen en el medio natural.
La realidad del
gremio es que la práctica cotidiana se ha tenido que judicializar en muchas
ocasiones para hacer valer los derechos de los silvestristas que se ven
vulnerados en su día a día.
“El Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en sentencia del pasado día 27
de julio de 2021, declaró que la Dirección General de Medio Natural y
Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana no actuó conforme a derecho
al denegar las capturas de silvestrismo del año 2018 ya que no podía basarse en
el dictamen motivado de 17 de mayo de 2018 de la Comisión Europea para no
permitir la concesión de dichas autorizaciones debido a que los dictámenes
emitidos por la Comisión Europea son declaraciones que no producen ningún
efecto jurídico vinculante frente a los destinatarios.”
Plataforma en Defensa del Silvestrismo.
La Real Federación Española de Caza ha solicitado a la Comisión
Europea el impulso de un estudio independiente sobre la viabilidad de la cría
en cautividad tras la respuesta del Comisario de Medio Ambiente, Océanos y
Pesca, Virginijus Sinkevičius, que confirmó que la suspensión de las
capturas en nuestro país se mantendrá a la espera de un estudio realizado por
una organización independiente sobre la cría en cautividad como opción
alternativa. 08/01/2021.
El
Tribunal Europeo concluyó en el 2020 que la caza con liga de Francia se ajustaba
a la Directiva Aves al tratarse de una práctica con fuerte arraigo cultural y
que cumplía las exigencias de dicha normativa europea, argumento perfectamente
válido para defender el caso del Silvestrismo en España y que, de hecho, es el
mismo que viene defendiendo la Plataforma en Defensa del Silvestrismo.
En la misma línea se manifestaba el delegado
de Silvestrismo de la Federación Madrileña de Caza D. Pablo Luis López:
"El silvestrismo es
una modalidad de caza tradicional que consiste en la captura de pequeñas
cantidades de aves, siempre machos, de la familia de las fringílidas (jilguero,
pardillo, verderón entre otros) para la educación de su canto, cría de híbridos
con la hembra del canario y finalmente su participación, tanto de ellas mismas
como de los híbridos, en concursos de canto. La actividad requiere respeto en
la tenencia de las aves, pues las no aptas para la cría o la competición se
devuelven al medio natural.
Esta modalidad de caza
tradicional, transmitida de padres a hijos, de generación en generación, tiene
su origen en las civilizaciones mediterráneas, existiendo ricos testimonios
históricos desde las épocas egipcia y romana hasta nuestros días, que dan
testimonio de los valores culturales que posee. El silvestrismo actual recoge la
tradición de la captura y la aúna con una especial sensibilidad en el cuidado
de las aves, tratándose de una modalidad sin daño para los ejemplares
capturados y finalmente retenidos.”
Más
allá iba la Federación Extremeña de Caza que, en julio de 2022, resumía así las
obligaciones de los titulares de aves fringílidas en relación a la D.G.
competente en materia de conservación son:
1. En relación a aves
procedentes del medio natural:
·
Notificar las bajas de aves reflejadas en la
autorización.
·
Solicitar autorización, en el caso de pretender
realizar una cesión.
2. En relación a aves
procedentes de cría en cautividad, tanto de líneas puras como híbridas:
·
Estar en condiciones de poder acreditar su legal
procedencia.
·
Para ello, serán objeto de anillamiento en los
primeros días de vida con anillas cerradas de pollo. Al mismo tiempo, el
criador debe rellenar el CERTIFICADO DE CRÍA EN CAUTIVIDAD y, en caso de
posteriores cesiones, el correspondiente CERTIFICADO PRIVADO DE CESIÓN, de modo
que la persona a la que se cede al ave deberá tener un ejemplar de ambos
documentos para poder acreditar la legal procedencia de las aves.
·
En caso de segundas y sucesivas cesiones, el cedente
deberá entregar al cesionario copia de todos los documentos de cesión
anteriores que permitan acreditar la procedencia de las aves desde el criador.
Prueba
del arraigo de la actividad en diversas zonas de España es que se siguen
desarrollando actividades que mantienen esta práctica con vida en todo el
territorio español, una muestra de ello, entre otras muchas, es la reciente
aprobación por la Federación Andaluza de Caza de un nuevo sistema de
competición para el Campeonato Andaluz de Silvestrismo en 2024.
En
todos estos casos se demuestra el deseo y la intención de evolucionar y adaptarse
a los nuevos tiempos.
En
Alovera, en la provincia de Guadalajara, el domingo 4 de junio de 2023 se
celebró el XXVII Campeonato de España de Silvestrismo, una prueba que ha
contado con la participación de cerca de 300 aves cantoras repartidas en ocho
categorías.
Esta
modalidad tradicional, organizada por la Real Federación Española de Caza, la
Federación de Caza de Castilla La Mancha y el Consejo Superior de Deportes,
congregó a numerosas personas que disfrutaron del canto de los distintos jilgueros,
pardillos, verderones, jilgueros camperos y sus mixtos.
Son
muchas, las entidades, asociaciones y autonomías españolas que apoyan el
silvestrismo en la actualidad.
En
la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia únicamente existe afición considerable
por la captura de jilguero y de pardillo común, este último principalmente
entre los aficionados de localidades del interior y Noroeste de la Región.
En
la actualidad, las autorizaciones para la práctica de esta actividad en España
se emiten desde las Comunidades Autónomas, promoviendo así el mantenimiento de
una actividad tradicional ligada al medio rural y fuertemente arraigada en
algunas comarcas.
Es
imprescindible garantizar el mantenimiento de las especies a corto y largo
plazo, por lo que se establece un cupo máximo de capturas estimado como
'soportable o poco significativo' para las poblaciones. Este cupo debe
respetarse y distribuirse entre el conjunto de aficionados que solicitan
permisos de captura cada año.
Para
la regulación efectiva de la actividad es preciso, en primer lugar, vigilar el
cumplimiento de la normativa (periodos de veda, áreas permitidas para la
captura, técnicas autorizadas, etc.), así como el número de capturas finalmente
autorizadas a cada silvestrista. Por otro lado, resulta imprescindible
establecer unos cupos de captura soportables por las poblaciones en función de
la abundancia y evolución reales de las poblaciones. Con objeto de disponer de
información sobre estos parámetros se realizaron durante 2007 estudios de
campo, principalmente orientados a estimar la abundancia de jilguero y pardillo
común en el conjunto de la Región de Murcia.
En este sentido, la Administración regional autoriza la captura de dos especies
de aves fringílidas: jilguero y pardillo común. El colectivo de silvestristas
en Murcia supera con creces el millar y sus miembros se distribuyen en
asociaciones locales, por barrios o municipios, en casi todo el territorio
regional. Las comarcas donde se presentan mayor número de aficionados son la
Comarca del Noroeste, Vegas del Guadalentín y Segura, Campo de Cartagena y Mar
Menor. La excepción más destacada es la comarca del Altiplano, donde no resulta
frecuente ni tradicional esta práctica cinegética.
La captura de fringílidos silvestres para el canto en la Península Ibérica se
reduce a cuatro especies: verderón común, verdecillo, pardillo común y
jilguero, existiendo diferencias territoriales sobre cuáles son las más
apreciadas.
Determinados
colectivos humanos, generalmente procedentes del medio rural o agrícola, han
desarrollado durante décadas una arraigada afición por el peculiar canto de
algunas especies de aves silvestres. Las personas que comparten la afición de
capturar estas aves se conocen como silvestristas, si bien algunos de sus
miembros prefieren otras denominaciones más genéricas como 'pajareros' u
'ornitólogos', sin duda mucho más amplias e, incluso incorrectas. La
manifestación sociocultural de la actividad se traduce en la creación de
sociedades 'ornitológicas' o 'pajariles', la implementación de prácticas de
entrenamiento para aves, el establecimiento de criterios de valoración sobre la
calidad del canto, la invención de técnicas de captura, celebración de
concursos y muestras de canto, etc.
En
relación a la colombicultura o la cetrería, el principal aspecto diferencial es
la necesidad de realizar capturas de individuos silvestres. Este hecho tiene su
origen en aspectos de índole costumbrista, aunque también por resultar de menor
calidad el canto desarrollado por individuos criados en cautividad.
Por
otro lado, si se compara la actividad silvestrista con otras modalidades
cinegéticas, la actividad silvestrista sólo persigue la captura de fringílidos
para la cría en cautividad de los individuos capturados y que, una gran parte
de ellos, son devueltos de nuevo al campo.
Qué el silvestrismo es una actividad cultural fuertemente arraigada
ya ha quedado claro,
que es una modalidad de caza tradicional
también es evidente,
que contribuye al mantenimiento de las especies,
lo avalan los estudios científicos promovidos por las asociaciones del sector,
que el método se limita a capturar sólo un pequeño número de especies y ejemplares,
ya lo regulan la Comunidades Autónomas
y que cumple con la Directiva de Aves,
también lo ha reconocido el Tribunal Europeo,
así es que, tendremos Silvestrismo para
rato.
¡Caza disfrutando, disfruta cazando!
Manuel Moreno
Agosto - 25


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